Un fallo determinó que Google deberá compensar económicamente a un hombre que fue fotografiado sin ropa por una cámara de Google Street View.
Este dictamen de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil reavivó el debate sobre los límites entre la privacidad y la tecnología en el país.
El episodio ocurrió cuando uno de los automóviles de Google Street View, un proyecto lanzado en 2005 para ofrecer vistas panorámicas a nivel de calle, capturó al demandante en el patio de su hogar en la provincia de Buenos Aires.
La imagen, si bien mostraba al individuo de espaldas y algo borroso, fue publicada por un medio local el 28 de noviembre de 2017 y rápidamente se viralizó en las redes sociales.

El hombre, que trabaja como agente de seguridad, argumentó que era fácilmente identificable y que la difusión de la imagen dañó su reputación tanto en el ámbito laboral como familiar.
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A pesar de que Google argumentó que la fotografía se tomó desde la vía pública y que el afectado no tomó precauciones para proteger su imagen, el tribunal consideró que la empresa incurrió en una actividad riesgosa que vulneró derechos fundamentales como la intimidad y la dignidad.
La Justicia determinó que no era necesario demostrar intención o culpa por parte de Google para establecer la responsabilidad. Además, se tuvo en cuenta que el hombre nunca autorizó la difusión de su imagen a través de Street View.
Ante esto, la empresa mundial de buscadores de sitios on line comunicó que Street View es una herramienta de interés social y cultural, y que ofreció la opción de solicitar la eliminación de imágenes.
Por último, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó a Google pagar una indemnización millonaria al demandante, cuyo monto asciende a tres millones de pesos.
Este fallo sienta un precedente importante en la protección de la privacidad frente a la tecnología y el uso de imágenes tomadas en espacios públicos. Podría llegar a sentar jurisprudencia.