A partir de este miércoles 24 de diciembre, los dueños de mascotas podrán viajar con sus animales en trenes y colectivos de larga distancia en todo el país. La medida quedó oficializada este martes con la publicación de la Resolución 2076/2025 en el Boletín Oficial, firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo.
La decisión autoriza el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia bajo jurisdicción nacional. El objetivo es que los viajes sean más inclusivos, pero también seguros y organizados, tanto para los pasajeros como para los animales.

La nueva normativa establece una serie de condiciones obligatorias para quienes quieran viajar con sus mascotas:
- Responsabilidad total: El pasajero será responsable en todo momento de la custodia, bienestar, salud y seguridad del animal.
- Evitar molestias: Se deberá garantizar que la mascota no cause riesgos ni molestias al resto de los pasajeros, cumpliendo con las normas vigentes.
- Contenedor obligatorio: El animal debe viajar dentro de un transportín cerrado, diseñado especialmente para mascotas, que asegure su salubridad y protección.
- Ubicación del transportín: El contenedor puede ir sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre el asiento pegado a la ventana, siempre bien sujeto con el cinturón de seguridad si ocupa un asiento.
- Documentación: Es obligatorio llevar la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación que exija la normativa vigente. El personal de la empresa puede solicitar estos papeles al abordar o durante el viaje.
- Un animal por pasajero: Solo se permite el traslado de un animal doméstico por cada pasajero mayor de edad, y no puede haber más de uno por transportín.
- Tarifa especial: Las empresas podrán fijar una tarifa específica para el traslado de mascotas, según las condiciones del mercado.
Qué animales se pueden llevar y qué excepciones hay
La resolución habilita el traslado de animales domésticos, pero deja en manos de las empresas la posibilidad de establecer condiciones y limitaciones adicionales. Esto incluye definir especies, razas, pesos, edades y dimensiones de los animales admitidos, así como cualquier otro requisito que consideren necesario.
Los perros guía o de asistencia que acompañan a personas con discapacidad quedan exceptuados de estas restricciones y deben ser trasladados de forma gratuita.
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Por otra parte, las empresas de transporte podrán organizar sus recorridos y frecuencias para identificar cuáles servicios admiten mascotas, facilitando la planificación para los usuarios. Además, deberán definir procedimientos de limpieza y desinfección de las unidades tras cada traslado de animales.
La medida busca que el traslado de mascotas sea seguro, ordenado y compatible con la calidad del servicio, siguiendo los parámetros internacionales y las recomendaciones del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos.



